El contrato que da vida a la garantía mobiliaria debe realizarse por escrito y debe contener el monto máximo cubierto por la misma. No obstante el mencionado requisito formal queda satisfecho a través de un mensaje de datos ya que la ley estima que lo importante es que quede constancia permanente del consentimiento de las partes en la constitución de la garantía. La inscripción en el registro tendrá vigencia por el plazo que indique en el documento de garantía, prorrogable por periodos de tres años. Sí no se especifica la garantía tendrá un término de 5 años.
La presente ley unifica el régimen de garantías mobiliarias. Debe señalarse además que entrará en vigencia en seis meses después de su promulgación.
El texto completo de la Ley puede ser consultado aquí.