El Decreto establece la intervención de la Autoridad Aduanera en relación con las mercancías supuestamente piratas o de marca falsa, vinculadas a una operación de Importación, de Exportación o de Tránsito. De igual modo la norma en mención faculta a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para suspender provisionalmente la Importación, Exportación o Tránsito de mercancías supuestamente piratas o de marca falsa, mientras la autoridad competente resuelve sobre la existencia o no de tal circunstancia.