Al respecto, la Corte recordó que las medidas cautelares atípicas o innominadas, solo pueden ser impuestas por el juez en ciertos procedimientos para proteger derechos litigiosos, previa petición de la parte; y de este modo concluyó que el apartado normativo acusado, desconoce el principio de legalidad y debido proceso. Razones por las cuales, la Corte declaró su inexequibilidad.

El texto oficial del comunicado puede ser consultado aquí.