Por: Maritza Sierra Hernández

El objeto de la decisión prejudicial fue la interpretación de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la armonización de determinados aspectos del derecho de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información. La petición se planteó en el marco de un litigio entre Svensson y Retriever Sverige que trata la indemnización por los perjuicios causados por la demandada al insertar en su página web enlaces de internet  (hipervínculos) que conducen a artículos de prensa sobre los que los demandantes tienen derechos de autor.

Los actores son periodistas, redactores de artículos de prensa que se publicaron en el periódico Göteborgs-Posten y en la página web del mismo. Por su parte, Retriever Sverige gestiona una página de Internet que facilita a sus clientes, según sus necesidades, listas de hipervínculos que conducen a artículos publicados en otras páginas web.

El Tribunal de Apelación de Suecia decidió suspender el procedimiento y plantear al TJUE que determine (i) si existe comunicación al público cuando se hace uso de hipervínculos; (ii) si influye que el hipervínculo conduzca a una página de libre acceso; y (iii) si influye que el hipervínculo remita efectivamente a una página web diferente.

El TJUE estimó que el concepto de comunicación pública debe interpretarse de forma amplia con el fin de garantizar un elevado grado de protección a los titulares de derecho de autor. Sin embargo, es necesario que una comunicación como la controvertida en el litigio se dirija a un público nuevo, es decir, un público que no fue tomado en consideración por los titulares del derecho cuando autorizaron la comunicación inicial al público. No hay comunicación pública en el presente litigio porque la página del periódico no estaba sujeta a ninguna medida restrictiva, todos los internautas podían consultarla libremente. Es decir, según el TJUE no existe comunicación pública en uso de hipervínculos si la página a la que conduce no tiene restricción de acceso alguna.

El texto completo de la sentencia puede ser consultado aquí.